Derogación del Real Decreto ley 21/2018

Este jueves 24 de enero de 2019 se ha publicado en el BOE la resolución del 22 de enero del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del acuerdo de derogación del Real Decreto ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, que entró en vigor el 19 de diciembre de 2018. Este Real Decreto ley continuará siendo de aplicación a los contratos que se firmaron durante su vigencia: desde el 19 de diciembre de 2018 hasta la publicación del acuerdo de derogación en el BOE, que ha sido hoy 24 de enero. A partir de ahora, vuelve a ser de aplicación la Ley de Arrendamientos Urbanos en su redacción vigente hasta el 18 de diciembre de 2018, y los nuevos contratos de arrendamiento estarán sujetos a la normativa de arrendamientos anterior al Real Decreto derogado. Recordad que SE DEROGA TODO EL REAL DECRETO LEY, y en consecuencia también se deroga la normativa en materia de exención en el pago del ITP del arrendamiento de la vivienda, y se tendrá que volver a liquidar este impuesto.   En la página web se han vuelto a colgar los modelos de contrato que teníais hasta el 18 de diciembre de 2018. No obstante, recordad que cada contrato tiene que adaptarse a las particularidades de las partes y que el modelo sólo es una herramienta de trabajo sobre la que partir. La Agencia Tributaria de Cataluña también comunicó ayer, en relación a la derogación del RD ley 21/2018, un cambio en las autoliquidaciones del modelo 600 relativas al alquiler de viviendas: la exención aplicable a los arrendamientos de vivienda para uso estable y permanente (a los que hace referencia el art.2 de la Ley de arrendamientos urbanos), suscritos a partir del 19 de desembre de 2018, tiene el código de exención 145. Dado que el Congreso de los Diputados, en fecha 22 de enero de 2019, no ha convalidado el Real Decreto ley 21/2018 que regulaba, entre otros aspectos, la exención aplicable a los arrendamientos de viviendas para uso estable y permanente, esta exención queda sin efecto a partir de la fecha de publicación efectiva en el BOE (24/01/2019) de la Resolución del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la derogación del RD 21/2018.