El pasado 12 de julio entró en vigor el Decreto ley 12/2019 de 9 de julio de medidas urgentes en materia tributaria y de lucha contra el fraude fiscal (DOGC núm.7915, de 11 de julio), que fue aprobado por el Govern el martes 9 de julio. El Decreto ley se enmarca en el contexto actual de prórroga presupuestaria y la necesidad de adoptar medidas correctoras del fraude, en línea con lo que prevé el Plan de prevención y reducción del fraude fiscal y de fomento de las buenas prácticas tributarias 2019-2022 de la Agencia Tributaria de Cataluña. En este sentido, el nuevo texto legislativo introduce modificaciones en el ámbito de algunos tributos propios y cedidos:
- Impuesto sobre las viviendas vacías: se incluyen, como sujetos pasivos, los fondos de titulización, como titulares de grandes paquetes de viviendas vacías que han adquirido procedentes de ejecuciones hipotecarias y que con la regulación actual no estaban sujetas al pago porque no tenían personalidad jurídica.
- Impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno en la atmósfera producida por la aviación comercial: el tipo impositivo se incrementa hasta los 3,5 euros por kilogramo de óxidos de nitrógeno.
- Impuesto sobre actos jurídicos documentados: el tipo impositivo que grava el otorgamiento de escrituras públicas de préstamo o crédito hipotecario se eleva del 1,5% al 2%. Según lo que establece el Real decreto ley 17/2018, el sujeto pasivo de este impuesto son las entidades financieras que conceden los préstamos y a favor de las cuales se constituyen las hipotecas.
- Apuestas: se modifican los tipos de gravamen de las apuestas: el tipo tributario general se establece en el 15% y el correspondiente en las apuestas sobre eventos deportivos, de competición o de otro carácter previamente determinado y las apuestas hípicas, se sitúa en un tipo único del 15%.
Por otro lado, el nuevo Decreto ley también aprueba nuevas medidas de lucha contra el fraude fiscal en el ámbito de la tributación y la regulación de la actividad del juego.